lunes, 26 de septiembre de 2016

INT

En el gremio APINTA

24-09-2016

Denuncia en el INTA

Denuncia en el INTA
Apinta, el gremio que agrupa a los trabajadores del INTA,
denunció que el Gobierno recortó en 1140 millones de pesos el presupuesto 2017 del organismo. “Manifestamos una profunda preocupación por la situación de incertidumbre que se vive en nuestra institución, con falta de asignaciones presupuestarias, la indefinición de la continuidad del personal contratado y los despidos que afectan a los trabajadores del sector público y privado”, dijeron a través de un comunicado.

Agregaron que “los trabajadores del INTA nos sentimos orgullosos del Estado y rechazamos la estigmatización de ñoquis o vagos que se pretende instalar en la opinión pública”. Parte importante de la reducción presupuestaria (218 millones de pesos) está asociada con el inciso Sueldos, lo que evidencia los planes de recorte de personal. La amenaza concreta es sobre 300 contratados y 330 empleados de planta no permanente.
Luis Ángel Cuestas



miércoles, 14 de septiembre de 2016

1. La concentracion de la producción y los monopolios 2. Los bancos y su nuevo papel 3. La exportación de capitales 4. El reparto del mundo...


En ámbito, del 14/09/2016


Nuevo gigante: Bayer selló la compra de Monsanto en u$s 66.000 millones


La compañía alemana Bayer comprará al fabricante estadounidense de transgénicos Monsanto por u$s 66.000 millones, tras aumentar su oferta, creando así la mayor compañía de semillas y fertilizantes del mundo.

Bayer y Monsanto firmaron un acuerdo de fusión vinculante que permitirá a la alemana hacerse con la estadounidense a un precio de u$s 128 dólares por acción.

Bayer tiene una cuota de mercado de productos químicos de 18% y Monsanto, de 26% del mercado.

El consejo de administración de Monsanto, así como la junta directiva y el consejo de supervisión de Bayer aprobaron la operación, añadió la compañía alemana en un comunicado.

El precio de compra de u$s 128 por acción supone una prima de 44% respecto al precio de las acciones de Monsanto al cierre de la negociación del 9 de mayo, el día antes de la primera oferta por escrito de Bayer.

La primera oferta de la alemana a Monsanto fue en mayo de u$s 122 por acción y desde entonces la alemana subió el precio en varias ocasiones.

"Nos alegramos mucho de poder anunciar la fusión de nuestras excelentes empresas. Esta decisión es un paso importante para nuestra división de agroquímica Crop Science y consolida la posición de Bayer como empresa global e innovadora de ciencias de la vida", dijo el presidente de la junta directiva de esta última, Werner Baumann.

"Con esta transacción logramos un notable valor para nuestros accionistas, clientes, empleados y para la sociedad", añadió Baumann.

El presidente y director ejecutivo de Monsanto, Hugh Grant, destacó que "el anuncio de hoy es la confirmación de todo lo que hemos logrado y del valor que hemos conseguido para los accionistas" del fabricante estadounidense.

Bayer prevé financiar la transacción mediante una combinación de capital propio y externo.

La compañía alemana llevará a cabo una ampliación de capital y tiene garantizada una financiación puente de u$s 57.000 millones de los bancos Merrill Lynch, Credit Suisse, Goldman Sachs, HSBC y JP Morgan.


La sede central de la división de semillas de la empresa fusionada y la central en Norteamérica del negocio de agroquímica Crop Science estará en St. Louis (Missouri, EE. UU.), mientras el área de productos fitosanitarios y la división Crop Science en su totalidad estará en la localidad alemana de Monheim.




Entrada previa relacionada:

"Yo quería hablar con el presidente de Boca, no con el cartonero Báez"

jueves, 8 de septiembre de 2016

Calculando a mano alzada el tema semillas

En la entrada previa acoté que el límite de 1.200.000 pesos equivalía al INGRESO (no excedente, ingreso) de un predio sojero de 300 ha.

El cómputo estaba mal, es un tercio de eso.

1 tonelada está FAS a 260 dólares, 3 toneladas por hectárea son 780 U$S, en pesos eso es 11.700; con lo que el límite de 1,2 millones da que es generado en 102 hectáreas.

De acuerdo al cuadro (new)ONCCA que publicara Kicillof al momento de la 126, estamos hablando de digamos 15.000 EAP.


Si como máximo hacen 100 hectáreas cada una, eso nos da 1.500.000 hectáreas, lo que son 4,5 millones de toneladas.

ERGO, monsanto estaría embolsando regalías extendidas por el resto de la cosecha de 57 millones de toneladas (57- 4,5 = 52,5). La "cláusula pequeños" representa como máximo entonces el 7% de la cosecha de soja.

52,5 millones de toneladas por entre 9 y 15 dólares que piden, generan un agujero de entre 472 y 787 millones de dólares al año.




Sobre la ley de semillas, proyectos, posiciones

En Clarín, del 07/09/2016

¿Qué propone el Gobierno para el millonario negocio de las semillas?

Un debate caliente
El anteproyecto que el Ministerio de Agroindustria enviará al Congreso se coloca a mitad de camino entre las pretensiones de empresas como Monsanto y las reivindicaciones históricas de los productores.


Matías Longoni

El Ministerio de Agroindustria terminó la redacción del anteproyecto que enviará al Congreso para reformar la vieja Ley de Semillas y así actualizar las normas para que quienes desarrollen nuevas variedades puedan obtener un retorno adecuado por sus investigaciones. Básicamente el organismo propone limitar el derecho al "uso propio" de los productores, aunque no en los extremos requeridos por la industria semillera. 
La necesidad de actualizar la vieja Ley de Semillas 20.247, sancionada a principios de los setenta, surgió luego de que la multinacional Monsanto montara su propio sistema para cobrarles regalías a los productores por sus nuevas sojas transgénicas. Esa pretensión, que implicaba controles privados sobre los granos, fue rechazada de plano por el Gobierno y las entidades rurales. La pipa de la paz se fumó recién cuando el ministro Ricardo Buryaile prometió impulsar este debate legislativo. Pero este anteproyecto es solo uno de los que recibirá el Congreso y podría cambiar en el debate. 

¿Qué propone el texto de Agroindustria? Navega sobre todo hacia una fórmula intermedia entre las exigencias de la Asociación de Semilleros Argentinos (ASA), que incluye a Monsanto y la semana pasada alertó por la falta de un espacio de negociación; y anteproyectos como el que la Federación Agraria presentada este martes antes la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados, y que ponen énfasis en el derecho de los productores a resembrar sus propias semillas.
El equipo agropecuario del gobierno macrista propone incorporar a la vieja Ley de Semillas un artículo que determine que "el precio que abone cualquier usuario y/o adquirente de semilla por la misma incluirá sin excepciones todos los conceptos por los derechos de propiedad intelectual que la semilla y los productos obtenidos a partir del uso de la misma contengan y/o la tecnología incorporada". 
¿Qué quiere decir? Básicamente que el único modo de cobrar las regalías -como las pretendidas por Monsanto por sus eventos transgénicos, pero también las que correspondan al mejoramiento tradicional de variedades- será al momento de vender una bolsa de semilla fiscalizada. No se permitirán así pagos posteriores o descuentos compulsivos al productor. 
Ese mismo artículo aclara que "en cada compra de semilla deberá establecerse el valor" a pagar "por el uso de la tecnología incorporada a la variedad vegetal en las dos multiplicaciones posteriores a la adquisición y por el uso incremental"
Esto es porque habrá casos en los que un productor decidirá guardar parte de su cosecha para usar como simiente al año siguiente, el llamado "uso propio". La fórmula elegida por Agroindustria fue segmentar quién podrá ejercer o no ese derecho. Así, solo deberían pagar regalías aquellos productores que tengan "una facturación mayor a tres veces el monto correspondiente a la categoría más alta del monotributista".
Para esos casos, es decir productores que facturen más de 1,2 millones de pesos [LA CUENTA ME DA 300 HECTAREAS], el uso de su propia semilla será oneroso para las dos primeras multiplicaciones posteriores. A partir de la tercera multiplicación también deberá pagar regalías por el área sembrada con esa variedad que se agregue a la inicial. 
a nueva Ley, según la visión oficial, propone declarar "de orden publico" estas disposiciones para regular el negocio semillero. Y también debería otorgar al personal del Instituto Nacional de Semillas (INASE) "acceso a cualquier cultivo o producto de la cosecha en cualquier lugar en que se encuentre, a los fines de verificar la legalidad de la semilla que le dio origen". Esto es, se pretender facultar al organismo para dar una batalla frontal al mercado informal de semillas, tal como se le prometió a Monsanto para que desactivara sus propios controles.

Respecto del INASE, en el anteproyecto se establece que su administración quedará a cargo de un directorio de doce miembros. El presidente será designado por el Poder Ejecutivo y será el único cargo rentado. El resto de los puestos será cubierto por otros estamentos del Estado, como las provincias y el INTA, y con seis representantes del sector privado.

CRA


Propuestas de CRA sobre la reforma de la Ley de Semillas
En el día de hoy Confederaciones Rurales Argentinas envío mediante una carta al presidente de la CONASE, Raimundo Lavignolle, la opinión institucional con propuestas sobre la reforma de la Ley se Semillas que se transcriben debajo.
Opinión de CRA a la Reforma a la Ley de Semillas 20.247 propuesta por el Ministerio de Agroindustria de la Nación: 
1. Apoyamos una nueva ley de semillas consensuada que brinde transparencia y reglas de juego previsibles para todos los actores, que respete los derechos vigentes y que termine con los conflictos que se vienen arrastrando desde hace tiempo.
2. Es muy importante la reforma al art. 24 según el cual cuando se compra la semilla se saldan todos y sin excepciones los derechos intelectuales que contiene dicha semilla y grano que se obtengan de su cultivo.
3. Es muy importante que esta nueva ley tenga el carácter de orden público.
4. Estamos de acuerdo con el fortalecimiento del INASE y las reformas propuestas para que se pueda nombrar al Directorio del mismo. Asimismo apoyamos el hecho que el mismo INASE pueda controlar también cultivos siempre que esos controles se hagan para buscar posibles infracciones a la ley de semillas tanto de usuarios como de semilleros.
5. El derecho de uso propio debe ser tener alcance, al menos, para la semilla originalmente comprada. Entendemos que esta reforma viola el derecho al uso propio, por lo cual debe ser modificada.
6. Perder el Uso Propio implicaría un grave riesgo para los productores ya que la oferta de semillas solo quedaría en manos de pocas empresas atentando contra la competencia y la investigación. 



FAA


Nuestra entidad presentó su proyecto de ley de semillas


La conducción de Federación Agraria Argentina, encabezada por su presidente, Omar Príncipe, dio a conocer los detalles del proyecto de ley de semillas de FAA y las entidades del Complejo Federado, que enviará en las próximas horas al Ministerio de Agroindustria y al Congreso de la Nación.


Venimos de un largo proceso de resistencia ante abusos de posición dominante por parte de una empresa, que intentó avanzar sobre los derechos de los productores poniendo en riesgo la comercialización de granos. Hemos denunciado ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia esta situación, que aún no se ha resuelto. En este contexto, se abrió la discusión sobre la necesidad de una nueva ley de semillas. Hoy presentamos esta propuesta propia, para aportar al debate y plantear claramente cuáles son los principios que necesitamos los agricultores, más allá de saber que existe una iniciativa del Poder Ejecutivo, a la que aún no pudimos acceder y que hay otras con estado parlamentario, prontas para ser discutidas en la Comisión de Agricultura del Congreso de la Nación”, señaló Príncipe, quien estuvo acompañado por el Vicepresidente Agustín Pizzichini, el coordinador de la Comisión de Semillas Dr. Jorge Solmi y el especialista en la materia Dr. Aldo Casella.

Durante la conferencia de prensa, se hizo hincapié en los principios que FAA ha incorporado en su proyecto de ley y que considera deben ser reflejados en cualquier nueva iniciativa vinculada al tema semillas:

  • Declarar de orden público las disposiciones de la Ley relativas a derechos y limitaciones, así como el régimen de licencias obligatorias y de cláusulas antimonopólicas;
  • Mantener UPOV 78’ (Convenio  Internacional de la Unión Para la Protección de las Obtenciones Vegetales);
  • Establecer el principio de agotamiento de los derechos de propiedad intelectual con la compra de la semilla;
  • Determinar un marco especifico para los agricultores familiares e incorporar definiciones de semillas nativas y criollas;
  • Mantener el uso propio como derecho del agricultor con una excepción para los grandes productores;
  • Declarar la invalidez de condiciones abusivas en la compra de semillas;
  • Incorporar un sistema de licencias obligatorias para prevenir los casos de abuso;
  • Mejorar y fortalecer las estructuras institucionales del Instituto Nacional de Semillas (INASE), de la Comisión Nacional de Semillas (CONASE) y del Consejo Federal de Semillas;
  • Adaptar la Ley al nuevo marco normativo internacional con la ratificación de Argentina del Tratado Internacional sobre Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura y el Protocolo de Nagoya accesorio del Convenio sobre la Diversidad Biológica;
  • Adoptar terminología acorde a los marcos regulatorios internacionales;
  • Determinar el régimen de sanciones civiles y comerciales, claras para casos concretos y sin asimilaciones a tipos penales; limitando el rol del INASE y prohibiendo cláusulas contractuales anticompetitivas.



SRA


07/09/2016

La SRA presentó ante la CONASE sus propuestas para una nueva ley de semillas




La Sociedad Rural Argentina (SRA) presentó una nota al titular de la Comisión Nacional de Semillas (CONASE), Reinaldo Lavignolle, en la que expuso sus propuestas para la modificación de la ley 20.247.

Como venimos sosteniendo públicamente desde hace mucho tiempo, creemos que tanto la innovación tecnológica como el mejoramiento genético de las semillas deben tener una justa retribución. Además, sabemos que es fundamental la presencia del Estado para generar el marco necesario para la competencia y así evitar los oligopolios y para que existan distintos oferentes que sostengan la diversidad genética.

Desde la SRA resaltamos también la importancia que la nueva ley sea de orden público y de continuar adheridos a UPOV 78 (Convenio Internacional para la Protección de la Obtención de la Semilla).

Otro punto que creemos debe ser el eje central del sistema, es el uso de semilla propia o comprada debidamente registrada y fiscalizada.

Sostenemos además, que se deben reforzar y adecuar los controles en todos los eslabones de la cadena de producción y comercialización de semillas, y para ello es fundamental fortalecer los organismos de control, con la única supervisión del Estado, representado en el INASE. Con este propósito, es necesario dotar a los organismos de los recursos necesarios para un control efectivo del mercado de semillas.

Con relación al precio, éste deberá incluir todo el valor de los componentes contenidos en las mismas, como variedad y modificaciones genéticas, entre otros. En el momento de la compra se salda con el vendedor todo ese valor que incluye los derechos de propiedad intelectual, y en ese momento también se agotan los mismos sobre los granos o producción, que tienen como destino la elaboración de productos de cualquier naturaleza.

Además, el uso propio gratuito debe mantenerse, y estar limitado a la cantidad de hectáreas por las que el agricultor (definido como el dueño de las sementeras), pagó en un principio por la semilla fiscalizada.

Asimismo, la reserva de semilla que exceda el límite previsto para el uso propio gratuito estará permitida mediante el pago de un monto único por kilo de semilla reservada. El agricultor realizará los pagos correspondientes en el mismo lugar en el que compró la semilla y figure en la primera factura para que así se mantenga la relación contractual iniciada en la compra de la semilla fiscalizada.

Como dijimos en múltiples ocasiones, creemos que la solución al reconocimiento de la propiedad intelectual de la biotecnología debe venir del fortalecimiento de los sistemas de control del comercio de semillas. Por eso, desde la SRA, presentamos nuestra opinión con los lineamientos básicos para la modificación de la ley de semillas, apostando siempre al diálogo entre los productores, las empresas semilleras y el Estado.



martes, 6 de septiembre de 2016

La causa de las inundaciones

En Página/12 del 27/04/2016


Cosecha soja, siembra inundación



El incremento de los cultivos agrícolas, principalmente de soja, produce un acercamiento de la napa freática a la superficie, reveló una investigación del INTA. Esto explica por qué las inundaciones son cada vez más continuas y graves.


El monte nativo absorbe 300 milímetros de agua por hora. Una pastura convencional (donde hay ganado) 100 milímetros. Y una campo con soja apenas 30 milímetros por hora. Una investigación del INTA explica que el cambio del uso del suelo es un factor fundamental para explicar por qué las inundaciones son cada vez más continuas y graves. “No estamos de acuerdo en que los excesos hídricos se deban a la falta de obras ni al exceso de lluvias, si no más bien a cuestiones asociadas al proceso de minería que sufre la agricultura y a la agriculturización de las últimas dos décadas principalmente”, afirma Nicolás Bertram, investigador del INTA Marcos Juárez (Córdoba). También apunta a las responsabilidades del poder económico del agronegocios.
Misiones sufrió una gran inundación en 2014. A inicios de 2015 fue el turno de Córdoba y Santiago del Estero. El segundo semestre sufrieron el Litoral y Buenos Aires. Este año fue el turno de Santa Fe, Entre Ríos, Chaco, Corrientes, Córdoba y noroeste bonaerense. “Fue un tsumani que vino del cielo”, había dicho en 2015 el entonces gobernador de Córdoba, José Manuel de la Sota. En línea similar, responsabilizando a la naturaleza, argumentaron otros mandatarios.
Nicolás Bertram, ingeniero agrónomo del INTA Marcos Juárez, estudia desde hace diez años los “excesos hídricos”. Su trabajo académico fue titulado “Ascenso de napas en la región pampeana: ¿Incremento de las precipitaciones o cambios en el uso de la tierra?” (firmado junto a Sebastián Chiacchiera). Analizaron las lluvias de los últimos cuarenta años y los cambios en el modelo agropecuario (sojización y expulsión de ganadería), entre otras variables.
“El incremento sostenido del componente freático que se dio en los últimos 40 años en la región pampeana, y que en la actualidad se acerca demasiado a la superficie, conlleva a un alto riesgo no solo en lo que respecta a producciones agrícologanaderas, sino también en sectores urbanos, pudiendo generar en ambas situaciones de inundaciones”, alertaba el trabajo, presentado en el XXV Congreso Nacional del Agua (Conagua 2015) en Paraná.
Bertram explica en lenguaje gráfico: “La napa estaba a diez metros de profundidad y hoy está a menos de un metro. Los suelos están saturados, no pueden absorber más. Es como si antes teníamos una maceta grande y echábamos un balde de agua. Ahora la maceta es diez veces más chica pero echamos el mismo balde de agua”.
La investigación explica que se observaron dos tipos de efectos en el comportamiento de la napa, a corto plazo (asociado a precipitaciones) y largo plazo (relacionados con los cultivos y el consumo que generan). Luego del procesamiento de datos (donde confirmaron que las lluvias se mantuvieron dentro de sus promedios anuales) aseguran: “A partir de datos históricos se puede observar una relación directa entre el incremento de los cultivos agrícolas (de soja principalmente) y el acercamiento de la napa freática a la superficie”.
El trabajo señala que buena parte de la región pampeana la napa freática se encuentra a un metro de profundidad (o menos) y recuerda que diez millones de hectárea pasaron de la actividad ganadera o mixta a la puramente agrícola, con preponderancia de la soja. “Millones de hectáreas de pasturas y pastizales que consumían agua durante los doce meses del año fueron cambiadas por cultivos anuales que, en el mejor de los casos lo hacen durante un tercio o la mitad de ese tiempo, pasando de consumir anualmente 1500-2000 milímetros a 500-800 milímetros”, precisa el trabajo como explicación del ascenso de la napa casi a la superficie.
El trabajo estuvo focalizado en Marcos Juárez, zona de la Pampa Húmeda y núcleo sojero. Bertram asegura que la investigación es extrapolable a toda esa región e incluso a zonas extrapampeanas, como San Luis (donde se generaron nuevos ríos), Santiago del Estero, y regiones del norte de Santa Fe y Buenos Aires (zonas que fueron monitoreadas con freatímetros).
Sobre la actual inundación, que afecta a 40 mil personas (11 mil evacuados), el investigador del INTA señala que “llovió por encima de la media, pero de ninguna manera eso explica la magnitud del desastre; la clave está en el ascenso de la napa y que arrasaron el monte que retenía agua”.
Bertram cuestiona la propuesta de políticos y empresarios. “Ninguna obra va a solucionar las inundaciones”, afirma. Y llama la atención sobre los “responsables” de los anegamientos. “Muchos medios de comunicación cuestionan siempre a los políticos y en parte no está mal, pero esos medios nunca vinculan la inundación con el poder económico del modelo agropecuario, desde los Grobocopatel a Monsanto, Bayer, Cargill, Dow y una lista larga. Quizá porque esas empresas son los anunciantes de esos medios”.
La investigación también cuestiona el modelo. “Pese a este escenario, se continúa en una carrera por lograr mayores y más estables rendimientos de los cultivos agrícolas, en la supuesta búsqueda de alimentar a un mundo que sigue padeciendo hambre, en donde muchas veces no existe el tiempo para pensar para quién y qué se está produciendo”, afirma el trabajo del INTA.
La investigación concluye que “si no se modifican las rotaciones o el uso de la tierra, no sólo se seguirá incrementando el nivel freático, sino también la superficie, con un alto riesgo de anegamiento”. Afirma que se pueden encontrar soluciones (incorporación de pasturas, otros cultivos, mejor manejo de agua), pero debe primar una “mirada amplia”, interdisciplinaria, donde además de los sectores productivos se tenga en cuenta los aspectos ambientales y sociales.

El trabajo original,
en el siguiente link

ARCHIVO






Las siembras son ajenas


Este jueves 8 de septiembre a las 16:00 hs, Juan Manuel Villulla participará de la Audiencia Pública en el Congreso de la Nación para debatir las implicancias de la nueva Ley de Semillas que empuja el Poder Ejecutivo a favor de los agronegocios. Esperamos a tod@s l@s seguidores de "Las Cosechas son Ajenas" para debatir cómo evitamos que también nos roben la siembra...




jueves, 1 de septiembre de 2016

El comercio exterior en manos de los comerciantes exteriores

En mitre y el campo


Extienden a cinco años el plazo para liquidar divisas por exportaciones del agro



El Gobierno Nacional extendió de uno a cinco años el plazo para liquidar las divisas producto de las exportaciones del sector agrícola.Lo hizo a través de la Resolución 242 de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Producción, publicada hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del secretario Miguel Braun. En la misma, se resolvió que los exportadores de cereales y oleaginosas “deberán ingresar las divisas al sistema financiero local dentro del plazo de 1.825 días corridos”.

En infoleg:


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE COMERCIO

Resolución 242 - E/2016

Buenos Aires, 29/08/2016

VISTO el Expediente Nº S01:0348886/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el Decreto Nº 1.638 de fecha 11 de diciembre de 2001, las Resoluciones Nros. 269 de fecha 14 de diciembre de 2001 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, sus modificatorias y complementarias, y 91 de fecha 5 de mayo de 2016 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 1.638 de fecha 11 de diciembre de 2001, se establecieron las normas para canalizar los fondos del comercio exterior a través del sistema financiero y, asimismo, las excepciones necesarias a fin de no afectar el financiamiento internacional.

Que el citado Decreto N° 1.638/01 dispuso que la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, actualmente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, cada uno dentro del ámbito de su competencia, serán la Autoridad de Aplicación del mismo, pudiendo dictar normas de aplicación o interpretativas.

Que, en uso de las facultades dispuestas por el mencionado decreto, se dictó la Resolución Nº 269 de fecha 14 de diciembre de 2001 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, sus modificatorias y complementarias, por la cual se establecieron diferentes plazos para ingresar las divisas provenientes de las operaciones de exportación según el tipo de mercadería involucrada.

Que, a través de la Resolución Nº 142 de fecha 24 de abril de 2012 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se modificó el referido plazo establecido en la resolución mencionada en el considerando precedente.

Que, posteriormente, en uso de las facultades dispuestas por el Decreto N° 1.638/01, se dictaron las Resoluciones Nros. 57 de fecha 6 de abril de 2016 y 91 de fecha 5 de mayo de 2016, ambas de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, mediante las cuales se adecuaron los plazos para el ingreso de divisas de determinadas actividades, de manera de fortalecer la competitividad de las exportaciones argentinas.

Que, a los fines de mejorar la oferta comercial de la economía local, la competitividad de las exportaciones argentinas, flexibilizar las condiciones de financiamiento, potenciar la inserción internacional y brindar condiciones de previsibilidad financiera, corresponde adecuar los plazos otorgados en el Anexo de la resolución mencionada en último término en el considerando precedente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 5° del Decreto N° 1.638/01.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 269 de fecha 14 de diciembre de 2001 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, sustituido en último término por el Artículo 1° de la Resolución N° 91 de fecha 5 de marzo de 2016 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por el siguiente: “ARTÍCULO 1°.- Los exportadores cuyas operaciones están comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se consignan en las planillas, que como Anexo I forman parte integrante de la presente resolución, deberán ingresar las divisas al sistema financiero local dentro del plazo de MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO (1.825) días corridos”.

ARTÍCULO 2° — Sustitúyese el Anexo I de la Resolución N° 269/01 de la SECRETARÍA DE COMERCIO, sus modificatorias y complementarias, por el Anexo que, como IF-2016-00555816-APN- SSCE#MP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º — La presente resolución entrará en vigor para aquellas aplicaciones en curso a partir de su entrada en vigencia.

ARTÍCULO 4º — La presente resolución comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MIGUEL BRAUN, Secretario, Secretaría de Comercio.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 30/08/2016 N° 62606/16 v. 30/08/2016



Vieja resolución (269/2001),

Artículo 1° — Los exportadores deberán ingresar al sistema financiero los fondos provenientes de las operaciones de exportación cuyo permiso de embarque se haya oficializado a partir del día 6 de diciembre de 2001 dentro de los plazos establecidos en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2° — La presente resolución comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Débora Giorgi.